El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), el Real Decreto 587/2022, de 19 de julio, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad marítima (en este ENLACE se puede consultar el citado RD) publicado hoy en el BOE y que entrará en vigor mañana.

En lo que respecta a la náutica de recreo, la nueva norma introduce las siguientes modificaciones:

Titulaciones náuticas: se modifica el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, para permitir a los ciudadanos del Reino Unido que fueran instructores antes del 1 de enero de 2021, ahora afectados por el Brexit, que puedan seguir impartiendo las prácticas y cursos de formación en escuelas náuticas de recreo (Art. sexto del Real Decreto 587/2022, de 19 de julio).

Equipos de seguridad de las embarcaciones de recreo, según se recoge en su art. octavo, la nueva norma permite la instalación de balsas salvavidas apropiadas a la zona de navegación y homologadas por la DGMM. Asimismo, se racionalizan las instalaciones radioeléctricas a bordo para que se lleven a cabo radiocomunicaciones de forma segura, al tiempo que se facilita su cumplimiento por las embarcaciones de recreo.

Radiocomunicaciones marítimas a bordo: se modifica el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, aprobado por el Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre.

En este apartado, cabe destacar la modificación del párrafo a) del apartado 1 del artículo 56, que queda redactado como sigue:

«a) Una ETB o, en su lugar, una instalación radioeléctrica de MF/HF que pueda transmitir y recibir en la frecuencia de socorro y seguridad de 2.182 kHz utilizando radiotelefonía, y transmitir y recibir comunicaciones generales utilizando radiotelefonía en las bandas comprendidas entre 1.605 kHz y 27.500 kHz atribuidas al servicio móvil marítimo.»

El objetivo de estos cambios normativos, iniciados en algunos casos por Directivas europeas y, en otros, por adaptación a nuevas necesidades -según ha expresado en nota de prensa el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenca Urbana-, es facilitar la actividad marítima en el ámbito de la flota civil española y en la consecución de los objetivos generales de la política de la marina mercante.